¿Realmente finaliza el plazo para reclamar gastos hipotecarios el próximo 23 de enero de 2024?

FAQs

1-¿Es cierta esta afirmación?

No. Esta noticia deriva de una de las cuestiones prejudiciales planteadas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por el TS (recurso de casación 1799/2020) en relación a cuál es el primer día a tener en cuenta para empezar a contar los cinco años de prescripción que, en general, se prevé en nuestra legislación para las reclamaciones de cantidad, entre otras obligaciones.

2-¿Qué cuestiones prejudiciales planteó el TS?

A continuación las cuestiones prejudiciales que el Tribunal Supremo plantea al TJUE

1.- ¿Es conforme con el principio de seguridad jurídica interpretar los artículos 6.1 y 7.1 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en los contratos con consumidores, en el sentido de que el plazo de prescripción de la acción para reclamar lo pagado en virtud de una cláusula abusiva no comienza a correr hasta que por sentencia firme se haya declarado la nulidad de dicha cláusula?

2.- Si tal interpretación no fuera conforme con el principio de seguridad jurídica, ¿se opone a los mencionados artículos de la referida Directiva una interpretación que considere día inicial del plazo de prescripción la fecha de las sentencias del Tribunal Supremo que fijaron doctrina jurisprudencial sobre los efectos restitutorios (sentencias de 23 de enero de 2019)?

3.- Si tal interpretación se opusiera a los referidos artículos, ¿se opone a los mismos una interpretación que considere día inicial del plazo de prescripción la fecha de las sentencias del Tribunal de Justicia que declararon que la acción de restitución podía estar sujeta a un plazo de prescripción (básicamente, SSTJUE de 9 de julio de 2020, Raiffeisen Bank SA, asuntos acumulados C-698/10 y 699/18; o de 16 de julio de 2020, Caixabank SA, asuntos acumulados C-224/19 y C-259/19, que confirma la anterior?

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3 ¿Qué plazos de prescripción se barajan?

A día de hoy y teniendo en cuenta estas cuestiones prejudiciales podemos adelantar tres escenarios posibles:

 a-Que el plazo de prescripción, de cinco años, comience cuando el juez declara abusiva y, por tanto, nula, la cláusula que impone el pago de la totalidad de los gastos de la hipoteca al consumidor. 

b-Que el plazo comience a contar, cuando el Supremo sentó jurisprudencia sobre la devolución de los gastos en sentencia de 23 de enero del 2019. ( Opción que ha originado la noticia )

c-Que el plazo empiece a partir de las Sentencias del TJUE que resolvían sobre plazos de prescripción, de fechas 9 de julio y 16 de julio de 2020.

4-¿Podría ser el 23 de Enero una de las opciones de prescripción de solicitar gastos de hipoteca?

No. A pesar de que si se hace el cálculo de los 5 años desde 23 de enero de 2019 las cuentas son claras y los 5 años se cumplirían este 23 de enero de 2024, hay que tener en cuenta los 82 días en los que los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos durante el plazo de vigencia del estado de alarma quedan suspendidos con base en la disposición adicional 4ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se estableció el estado de alarma.

Por tanto en todo caso, de tener en cuenta este plazo acabaría el próximo 14 de Abril de 2024. Lo mismo sucedería en la opción c del apartado anterior al que habría que añadir los 82 días al plazo de 5 años.